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Rectificación Error Material Base Sexta Y Séptima Proceso Selectivo Bolsa Temporal De La Plaza De Técnico Informático

Rectificación error material base sexta y séptima proceso selectivo Bolsa Temporal de la plaza de Técnico Informático

ANUNCIO

Publicado en el BOPZ Boletín Oficial de la Provincia de Zaragoza nº 79 de 9 de abril de 2021

Con fecha 24 de marzo de 2021, la Junta de Gobierno de la Comarca de Valdejalón adoptó el siguiente acuerdo en sesión ordinaria, con el siguiente contenido:

“Visto el Decreto nº40, de fecha 18 de febrero de 2021, por el que se convoca proceso selectivo para la formación de una bolsa temporal de la plaza de técnico informático, personal funcionario perteneciente a la escala de administración especial, subescala técnica, en la Comarca de Valdejalon, conforme a las bases especificas aprobadas mediante acuerdo de la Junta de Gobierno Comarcal de fecha 17 de febrero de 2021, publicadas en el boletín Oficial de la Provincia de Zaragoza nº43, de 23 de febrero de 2021.

Advertido error material en la base sexta y séptima que rige el proceso, se procede a su rectificación de acuerdo con lo establecido en el artículo 109 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas

Visto acuerdo del Consejo Comarcal de fecha 24 de septiembre de 2019 sobre delegación de competencias de este en la Junta de Gobierno (Publicado en BOPZ nº240 de 18 de octubre de 2019), del siguiente tenor literal:

“Atendida la conveniencia de delegar en Junta de Gobierno como en anteriores legislaturas las competencias que se enumeran a continuación: 1. La aprobación de las bases de las pruebas para la selección del personal y para los concursos de provisión de puestos de trabajo,

ACUERDA

 PRIMERO. –Proceder a rectificar el error material en la base sexta y séptima que rige el proceso selectivo para la formación de una bolsa temporal de la plaza de técnico informático, personal funcionario perteneciente a la escala de administración especial, subescala técnica, en la Comarca de Valdejalón, en los siguientes términos:

Donde dice:

“Para superar la prueba escrita habrá que alcanzar al menos 5 puntos promediando la puntuación de las dos partes”

Debe decir:

“Para superar la prueba escrita habrá que alcanzar al menos 5 puntos sumando la puntuación de las dos partes”

SEGUNDO. –La rectificación del error material puesta de manifiesto en la presente resolución no afectará al plazo para presentación de instancias.

TERCERO. – Publicar el presente acuerdo en el Boletín Oficial de la Provincia de Zaragoza y en la Sede Electrónica de la Comarca de Valdejalón https://valdejalon.sedelectronica.es/info.”

Lo que se publica, para su conocimiento y efectos, significándole que, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso – administrativa, contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente o recurso de reposición potestativo, en el plazo de un mes ante el mismo órgano que dictó el acto o recurso contencioso – administrativo, ante el juzgado de lo contencioso administrativo de Zaragoza, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la recepción de esta notificación. Si optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio.

Todo ello sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime pertinente.

En la Almunia de Doña Godina, firmado al margen por la Presidenta de la Comarca de Valdejalón, Dª Marta Gimeno Hernández.

Ver anuncio BOPZ: BOPZ RECTIFICACION ERRORES BASES TECNICO INFORMATICO

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